La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció que el Estado tiene la exclusividad en la explotación del litio y de minerales radioactivos al ser de utilidad pública, al rechazar un amparo promovido por la empresa Grupo Bararal, que buscaba impugnar la reforma a la Ley Minera de abril de 2022.
Según los descontentos, la reforma impone limitaciones que afectan el título de concesión que les fue otorgado, violando artículos constitucionales, debido a que mediante una ley secundaria se restringen o se cancelan derechos concedidos a los gobernadores.
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